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Pensiones ley de 1997 PDF Print E-mail

El retiro conforme a la Ley del IMSS de 1997

Esta ley se aplica a quienes comenzaron a trabajar después del 1 de julio de 1997. Para tener derecho a una pensión se debe contar con al menos 1,250 semanas de cotización

Retiros programados

1. Son administrados y operados por las administradoras de fondos para el retiro (Afores).
2. Se hacen retiros mensuales de su cuenta individual de manera vitalicia. Si el empleado vive más años que su esperanza de vida, estos retiros mensuales decrecen notoriamente.
3. El riesgo de supervivencia o de variaciones micro y macroeconómicas, como devaluaciones e inflación, las asume el empleado.

Rentas vitalicias

1. Son administradas por las aseguradoras de rentas vitalicias.
2. Pagan una pensión vitalicia garantizada, independientemente de los años que viva el empleado después de la jubilación.
3. El riesgo de que el empleado viva más años que los esperados y el riesgo de afectaciones económicas por devaluaciones, inflación, etcétera, lo toman las aseguradoras de rentas vitalicias.

Retiro sin jubilación

Si se tienen menos de 1,250 semanas cotizadas no se tendrá derecho a la pensión por jubilación, sin embargo el empleado podrá retirar de su cuenta individual, los recursos acumulados en ella.

 
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